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ESPACIOS PARA COMPARTIR

El pasado día 13 de junio de 2023 retomamos nuestros ESPACIOS PARA COMPARTIR, encuentros que permiten debatir de manera abierta sobre el tema que propuesto; la pandemia había trucado la regularidad de las convocatorias y la verdad es que echábamos de menos estos debates con nuestros clientes y amigos sobre temas de actualidad.

En esta ocasión el tema escogido ha sido EL CONTROL INTERNO Y LAS POLÍTICAS ANTIFRAUDE – ENCUENTROS Y DESENCUENTROS. El encuentro se celebró un edificio muy singular, con más de 100 años de historia y una de las joyas arquitectónicas de la ciudad de Madrid, el Real Casino de Madrid.

Contamos con numerosos asistentes, interventores de administración local y personas vinculadas al control interno de entidades locales de toda la geografía española y con un elenco de profesionales expertos en la materia.  Así, nos acompañaron de la Oficina Antifrau de Cataluña, su Directora adjunta,  Dña. Begoña Ballvé Jerez; del Tribunal de

Cuentas, D. Miguel Ángel Vaz Serra y de la Intervención General de la Administración del Estado, Dña. Mercedes Vega García y D. Ignacio Góngora Zurro.

Begoña Ballvé resaltó que la Oficina antifrau tiene entre sus objetivos dar apoyo al sector local en las funciones de prevención e investigación de posibles casos de uso o destino fraudulento de fondos públicos, o cualquier aprovechamiento ilícito derivado de conductas que comporten conflicto de intereses o el uso particular de información derivada de las funciones propias del personal al servicio del sector público.

El sector local es la trinchera de la gestión pública; las normas obligan a instaurar controles y como responsables del control interno debemos evaluar los procedimientos y con ello los controles establecidos para mitigar los riesgos, pero ¿quién controla la conducta de las personas? ¿cómo se controla?

Se abordó la dificultad para implantar en el sector local las normas establecidas en este campo, normas que se diseñan pensando en administraciones públicas territoriales de ámbito estatal, autonómico o de municipios de gran población, de manera que buena parte del sector local pudiera parecer que no existe; se exige una segregación de funciones que difícilmente puede aplicarse en municipios donde la estructura es mínima.

La importancia de la segregación de funciones entre la gestión y el control. Los procedimientos de control interno dependen del área de gestión y el órgano de control interno es quien tiene que evaluar dichos procedimientos, si se han desarrollado y si están funcionando, pero ¿cómo en los pequeños municipios evitas implicarte?

Se resaltó el ámbito ético de estas conductas, tan difícil de “controlar” y la necesidad de fortalecer la cultura ética y también se resaltó la preocupación por la vulnerabilidad que el Área de Intervención tiene en este campo. En este sentido se recalcó la importancia de dejar rastro de todas las acciones, hechos y decisiones, evidenciarlas en los expedientes, así como la necesidad reforzar los controles y la importancia de la coordinación del órgano de control interno con el resto de las áreas y los beneficios que esta coordinación y colaboración puede generar en el seno de la organización, creando así un buen ambiente de control.

Con la llegada de los fondos europeos Next Generation, cuyo eje central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, MRR, se exige a los beneficiarios o prestatarios de los mismos que adopten “todas las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la Unión y para velar por que la utilización de los fondos en relación con las medidas financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. A tal efecto, los Estados miembros establecerán un sistema de control interno eficaz y eficiente y recuperarán los importes abonados erróneamente o utilizados de modo incorrecto”.

Con esto llega la fiebre de tener implantadas políticas antifraude que, en algunas ocasiones, se convierten en un mero documento para dar cobertura a la normativa, perdiendo su valor. Y, en otras ocasiones, no se extrapolan esos modelos a otras ámbitos de gestión distintos de los fondos europeos, no dándoles la trascendencia necesaria.

También quedó patente que, con la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, se obliga, tanto a empresas privadas como a entidades públicas,  a contar con canales internos y externos donde sea posible comunicar prácticas irregulares, siendo preferible que estas situaciones se corrijan inicialmente dentro de la propia organización, siendo el plazo máximo para el establecimiento de estos sistemas internos de información el mismo 13 de junio de 2023.

Si bien el órgano de control interno no es el responsable de las políticas antifraude, puede tener una labor de asesoramiento e incluso a veces impulsor de las mismas (porque, posiblemente, de otra manera no se llevarían a cabo), aunque es difícil no involucrarse, especialmente en aquellas entidades de pequeñas dimensiones y siendo fundamental que cuenten con apoyo cualificado.

Si bien la jornada ocupó toda la mañana, se hizo corto el debate, quedando algunos temas en el tintero, dejando encima de la mesa el compromiso de volver a retomar el diálogo entre los distintos agentes que de una forma, como protagonistas, u otra, como supervisores o partes interesadas, son piezas del mundo local.


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